Te casas: ¿cuántos días de permiso por matrimonio te corresponden?
Si estáis en plena organización de vuestra boda, seguro que tenéis muchas dudas acerca del permiso por matrimonio. ¡No os preocupéis! A continuación respondemos las preguntas más frecuentes de las parejas.
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Los preparativos del enlace avanzan a buen ritmo y vais ultimando muchos detalles. Pero, ¿os acordáis de temas como el permiso por matrimonio? Seguro que querréis saber cuántos días por casarse os corresponden, cuándo empiezan a contar, si se pierden en caso de coincidir con las vacaciones de verano... Y es que estas son algunas de las preguntas más frecuentes que se plantean las parejas sobre los días de permiso por matrimonio en España. Tranquilos/as. Aclaramos vuestras dudas sobre cómo funciona el permiso de matrimonio.
Índice de contenidos
- ¿Cuántos días de permiso por matrimonio os corresponden?
- ¿Cuándo empiezan a contar los 15 días de permiso por matrimonio?
- ¿Qué pasa si vuestros contratos son temporales o a tiempo parcial?
- ¿Y si sois autónomos?
- ¿Cómo informar a las empresas de que os casáis?
- ¿Con cuánto tiempo de antelación tenéis que comunicar la boda?
- ¿Se puede negar la empresa a daros el permiso de matrimonio?
- ¿Cuándo podéis disfrutar del permiso por boda?
- Vacaciones y días de permiso por matrimonio. ¿Qué pasa si coinciden?
- ¿Qué pasa con el permiso de matrimonio en las segundas nupcias?
- ¿Y si os hacéis pareja de hecho?
¿Cuántos días de permiso por matrimonio os corresponden?
Esta es la gran duda del permiso por matrimonio 2024. Según recoge el Estatuto de los Trabajadores en su artículo 37.3, "el trabajador, previo aviso y justificación posterior a la empresa, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente: quince días naturales en caso de matrimonio1".
De todos modos, consultad los Convenios Colectivos de vuestras empresas, pues en algunos casos se mejoran esos 15 días por matrimonio naturales establecidos por ley, pero nunca se empeoran. Y tranquilos, pues al tratarse de un permiso retribuido por matrimonio cobraréis aunque faltéis al trabajo, al igual que ocurre en las vacaciones. Y muy importante: el permiso por matrimonio es válido tanto en caso de bodas civiles como de ceremonias religiosas.
¿Cuándo empiezan a contar los 15 días de permiso por matrimonio?
Como establece el Estatuto de los Trabajadores son días naturales y no hábiles, por lo que empiezan a contar desde la boda. Aunque si la pareja se casa en un día no laborable para ellos, como en sábado o domingo (lo que ocurre en la mayoría de los casos), los 15 días de permiso remunerado por matrimonio que les corresponden empiezan a contar desde el primer día laborable y no desde el día de la ceremonia, tal y como recoge la sentencia del TS de 12.05.09.
¿Qué pasa si vuestros contratos son temporales o a tiempo parcial?
El tipo de contrato que tengáis no supone ningún cambio respecto a vuestros derechos laborales, por lo que la duración del permiso retribuido por matrimonio es la misma. Es decir, podréis disfrutar de los mismos días libres por matrimonio que los trabajadores con contratos indefinidos o a tiempo completo.
¿Y si sois autónomos?
Dependerá del tipo de autónomo que seáis. Si lo sois por cuenta propia, no tenéis derecho a ningún tipo de remuneración y podéis disfrutar de los días libres que os interesen. Aunque si sois autónomos económicamente dependientes, es decir, que recibís al menos el 75% de vuestros ingresos de un solo cliente, tenéis derecho a un total de 18 días de vacaciones no retribuidas al año. Así que, si gastáis 15 en la luna de miel, solo os quedarán 3 por disfrutar.
¿Cómo informar a las empresas de que os casáis?
La ley no lo especifica, así que podéis hacerlo de forma verbal o escrita, indistintamente. Dependerá de vuestro puesto de trabajo, pues hay veces que hacerlo por escrito queda demasiado formal, mientras que en otras hacerlo de forma verbal puede resultar poco efectivo. Eso sí, a la vuelta de vuestra soñada luna de miel deberéis presentar la documentación que os pidan, en la que aparezca la fecha del enlace.
¿Con cuánto tiempo de antelación tenéis que comunicar la boda?
La única mención que se hace del permiso de matrimonio en el Estatuto de los Trabajadores es que, para poder disfrutar de los días por matrimonio, se debe avisar previamente a la empresa. Se recomienda hacerlo con una antelación de 15 días para que pueda cubrir el puesto de trabajo en vuestra ausencia o conciliar con las vacaciones del resto de los trabajadores. Aunque cuanto antes lo digáis, mucho mejor.
¿Se puede negar la empresa a daros el permiso de matrimonio?
No, en ningún caso. El permiso laboral por matrimonio es un derecho de todo trabajador asalariado, de manera que la empresa no os puede decir que no.
¿Cuándo podéis disfrutar del permiso por boda?
La ley establece que las vacaciones por matrimonio se deben disfrutar justo después de la boda, ya que se entiende que son para la luna de miel. Pero si preferís aplazar el permiso de matrimonio y dejar estos días para más adelante, deberéis negociar con la empresa y, si esta lo autoriza, aplazar el permiso por matrimonio.
Vacaciones y días de permiso por matrimonio. ¿Qué pasa si coinciden?
¿Qué pasa con el permiso de boda en el trabajo? Si alguno de los dos ya tenía pactado el calendario de vacaciones y decidís casaros en una fecha que coincida con estas, perderéis los días en que ambos permisos coincidan. ¡Así que intentad que no sea vuestro caso!
Pero podéis hacer coincidir el final del permiso legal por matrimonio con el inicio de las vacaciones siempre que previamente hayáis llegado a un acuerdo con la empresa. Igualmente, podéis negociar tener uno o dos días libres antes de la boda, lo que os resultará de gran ayuda para ultimar detalles. Aunque conseguir estos últimos estará en función de las necesidades de la empresa.
¿Qué pasa con el permiso de matrimonio en las segundas nupcias?
Los derechos en caso de segundas nupcias son los mismos que en la primera boda, siempre que os caséis con una persona distinta. Es decir que si tenéis previsto volver a daros el "sí, quiero" con la misma pareja, los días de vacaciones por matrimonio se dan por disfrutados en el primer enlace, indistintamente de si entonces fue por la iglesia y ahora es por lo civil, o al revés.
¿Y si os hacéis pareja de hecho?
Esta es una novedad destacable. Y es que el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, modifica los permisos laborales de los trabajadores e introduce una importante mejora para las parejas de hecho. ¿En qué sentido? A partir del 30 de junio de 2023, las nuevas parejas de hecho que se registren también pueden disfrutar de los 15 días naturales de permiso por matrimonio.
- Descubrid más: Diferencias entre pareja de hecho y matrimonio
Lo que está claro es que una boda es un acontecimiento único en la vida de cualquier persona y que vale la pena celebrarlo como la ocasión merece, del mismo modo que el permiso por matrimonio os permitirá relajaros después de organizar la boda. ¡Llega la hora de disfrutar!
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Referencias
- Ministerio de Trabajo y Economía Social https://www.mites.gob.es