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Bodas

¿Casarse en los juzgados o en el notario? Ventajas y desventajas

Casarse o en los juzgados o en el notario tiene pros y contras según el tipo de ceremonia. ¡Conócelos con más detalle!

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Casarse ante notario: chica joven en una oficina trabaja en un ordenador portátil mientras habla por teléfono

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La opción de casarse en los juzgados o en el notario tiene ventajas y desventajas, de manera que te interesará conocer las distintas posibilidades. Esta entrada indicará con detalle cuáles son las cuestiones que has de tener en cuenta.

Índice de contenido:

¿Casarse en los juzgados o en el notario? Ventajas y desventajas de cada opción

Las bodas en los juzgados y en el notario son, junto con las ceremonias en ayuntamientos, las opciones de matrimonio civil reconocidas en España. La normativa está contemplada en la Constitución Española (artículo 32) y en el Código Civil (artículo 51). Además, hay que hacer constar la nueva Ley del Registro Civil, que ha acortado plazos en los matrimonios ante notario.

Hay que señalar que hay una serie de cuestiones legales que pueden limitar algunos aspectos de las ceremonias. En cualquier caso, cuando se contrae matrimonio, existen varias posibilidades que tienes que considerar a la hora de decidirte. Lo cierto es que, dependiendo de la opción por la que te decantes, el coste económico o el plazo para contraer matrimonio variará. También influirá, y no poco, el lugar en el que decidas contraer matrimonio, puesto que las ciudades ofrecen más flexibilidad que las pequeñas localidades.

En los últimos años, ha habido un aumento de las bodas que se han celebrado en un juzgado o ante notario. Y, de hecho, esta es hoy la opción mayoritaria de la población española. No en vano, en la actualidad se calcula que el 80% de los matrimonios son civiles, en sus distintas variaciones. Y la cifra no hace más que aumentar año tras año.

Conviene destacar un caso excepcional, pero no menos importante: cuando uno de los contrayentes tiene peligro de muerte, los plazos se pueden acortar. En este caso, se podría ir al domicilio o a un hospital para oficiar la ceremonia sin necesidad de tramitar el expediente matrimonial. Y este trámite lo podría hacer indistintamente un juez, alcalde, concejal o notario.

Según tus necesidades o preferencias, cada opción tiene ventajas e inconvenientes. Aquí pondremos el foco en ver cuáles son las ventajas e inconvenientes de casarse en los juzgados o en el notario. Los motivos de centrarnos en ambas modalidades es que son las más habituales y flexibles de los matrimonios civiles.

Matrimonio en el juzgado

El matrimonio en el juzgado es aquel que se realiza en el juzgado de la localidad, sea el de Paz o el de Primera Instancia. En este caso, el encargado de oficiar la ceremonia será el juez titular del correspondiente juzgado. Por otra parte, hay que señalar que, en algunos casos, es posible casarse en el correspondiente ayuntamiento. Este tipo de matrimonio civil es el más antiguo que está en vigor en España y tiene una serie de ventajas e inconvenientes. Son las siguientes.

Ventajas de llevar a cabo una boda en el juzgado

La principal ventaja de contraer matrimonio en el juzgado es que el servicio es gratuito, no en vano esta condición está especificada por ley. Por lo tanto, este es un motivo de peso si no quieres gastar dinero en la ceremonia. Hay que señalar que esta circunstancia hace que siga siendo una opción muy seguida, sobre todo para aquellas parejas que no tienen urgencia.

Por otra parte, el matrimonio se celebra en una sala específica habilitada para ello. Esto facilita, por ejemplo, que en la ceremonia pueda haber un cierto número de invitados porque existe una logística para ello. Si para ti esta cuestión tiene importancia, aquí tienes la seguridad de que contarás con una cierta amplitud de espacio. Si el matrimonio se celebra en el ayuntamiento, es habitual que la ceremonia se realice en el salón de plenos o en una estancia amplia.

Finalmente, hay que destacar que, en localidades pequeñas, el proceso suele ser más rápido. El motivo es que no hay tanta demanda para contraer matrimonio, de manera que habrá más fechas disponibles. Este es un factor que hay que valorar a la hora de decidir qué es lo que más te interesa, porque esta cuestión es determinante.

Desventajas de hacer boda en el juzgado

Un inconveniente asociado a este tipo de matrimonio es que el juzgado no está siempre disponible. Por lo general, solo realiza esta ceremonia una fecha a la semana determinada, de manera que hay una mayor rigidez en las fechas. Esto hace, por ejemplo, que en grandes poblaciones tardes más en conseguir día y hora para contraer matrimonio. El plazo es orientativo, pero se demora, por lo menos, entre 30 y 50 días.

Por otra parte, el matrimonio en el juzgado suele comportar más trámites. Ten presente que, primero, tienes que rellenar un impreso y el juez competente comprobará si se puede celebrar el matrimonio. Posteriormente, y en caso de que sea posible, os fijará el día y la hora. Recuerda, además, que según tus circunstancias personales, el expediente matrimonial puede ser más difícil de cubrir.

Matrimonio ante notario

La disyuntiva de casarse en los juzgados o en el notario en España es relativamente reciente. De hecho, la modificación del Código Civil que legalizó esta modalidad de matrimonio data de 2015. Y en virtud de la reforma de la Ley de Registro Civil, en vigor desde el 30 de abril de 2021, se han simplificado los trámites. Esto hace que puedas plantearte esta posibilidad sin desvirtuar la solemnidad de la ceremonia.

La única condición necesaria es que el notario sea competente en alguno de los lugares de residencia de los contrayentes. En consecuencia, tienes la posibilidad de casarte donde y cuando quieras. Por lo tanto, no está de más que consideres esta posibilidad que te interesará.

La posibilidad de contraer matrimonio ante notario, por otra parte, es muy variada por las fórmulas existentes. Como resultado, en algunos casos, las cuestiones estéticas o de ceremonia poco o nada variarán con las de un matrimonio por el juzgado. Sea como fuere, las principales ventajas y desventajas son las siguientes.

Ventajas de casarte ante notario

La principal ventaja de casarte ante notario es la flexibilidad, puesto que puedes acordar con el notario día y hora. Esto, en la práctica, supone una rebaja de los plazos, lo que facilita que podáis contraer matrimonio cuanto antes. En algunos casos, es posible contraer matrimonio en tan solo una semana si el notario da fecha.

La segunda ventaja, aunque el notario no está obligado a hacerlo, es que podéis pactar el lugar de la ceremonia si deseáis hacerlo en un lugar específico. Ahora bien, por lo general esta modalidad supone un coste adicional por el desplazamiento o si es fuera del horario laboral. En este caso, dependeréis hasta cierto punto de la disposición del notario. Y si bien en una gran ciudad es relativamente fácil encontrar quien se adapte a esta circunstancia, no lo es tanto en pueblos pequeños.

Por otra parte, ahora ya no es necesario solicitar el expediente en el Registro Civil, como era preceptivo anteriormente. Hoy es el notario el funcionario encargado de realizar todos estos trámites, lo que reduce exponencialmente los tiempos. Esto es así porque será el notario quien dará fe de que todo se está procediendo conforme a la legislación vigente. Si antes ya era rápido casarse ante notario, con la nueva normativa se aceleran los plazos.

Finalmente, el matrimonio ante notario también resulta más práctico, porque, en el caso de acordar capitulaciones matrimoniales, estas se pueden efectuar en el momento de contraer matrimonio. Por lo tanto, se ahorran trámites y tiempo, lo que siempre es de agradecer. Recuerda, no obstante, que las capitulaciones ya tienen que estar habladas y acordadas previamente para realizar la firma.

Desventajas de casarte ante notario

Casarse ante notario implica el pago de unas tasas. En consecuencia, es una cuestión que hay que tener en cuenta porque implica un coste adicional para los contrayentes. Esto puede ser un inconveniente si se quieren ahorrar costes. Por lo general, contraer matrimonio sin desplazamiento ni capitulaciones costará entre 400 y 600 euros. Ni que decir tiene que, en caso de que haya desplazamientos o cambio de día con respecto a las jornadas laborables, el coste puede aumentar.

Conclusión

Las principales disyuntivas que se plantean cuando uno decide casarse por lo civil son tres: ¿qué tipo de ceremonia quiero? ¿Cuánto voy a tardar en contraer matrimonio? ¿Cuánto nos va a costar? Y, como hemos podido ver, las respuestas son distintas. Podemos resumir diciendo que, respecto a casarse en los juzgados o en el notario, la primera opción es más económica, pero la segunda es más flexible y rápida.

Pero sí es altamente recomendable contar con asesoramiento especializado para dar los pasos. Muchas veces, los contrayentes desconocen cuál es la fórmula que más les interesa, tanto económica como patrimonialmente, Por esta razón, es bueno que consultes en una plataforma especializada en trámites relacionados con bodas. Hoy es posible diseñar la boda que siempre has querido con el mejor servicio posible.

Casarse en los juzgados o en el notario es una cuestión en la que entran en juego cuestiones de preferencias personales, pero también de practicidad. ¿Quieres contraer matrimonio y quieres valorar las distintas fórmulas legales?

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